La Guardia Civil investiga a un vecino de Mazarrón (Murcia) por la muerte a tiros de un perro

La Guardia Civil investiga a un vecino de Mazarrón (Murcia) por la muerte de un perro tras recibir varios disparos procedentes de un arma de aire comprimido, según han informado fuentes de la Benemérita en un comunicado.

Las actuaciones se iniciaron recientemente, cuando un hombre de denunció ante el Instituto Armado que había localizado a su perro muerto en las inmediaciones de su vivienda.

Los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) verificaron los hechos denunciados y abrieron la correspondiente investigación para esclarecerlos.

Los hechos delictivos se catalogaron como delito de maltrato animal, por haber ocasionado la muerte del animal. El informe veterinario aportado por el denunciante reflejaba que se observaban varios disparos en el lado izquierdo del tórax, unos datos constatados con radiografías.

Gracias a la colaboración ciudadana, los guardias civiles obtuvieron información determinante para el esclarecimiento de los hechos, que permitió fijar la principal línea de investigación sobre un vecino del municipio con el que denunciante había discutido hacía unos meses.

Una vez obtenidos los indicios necesarios, los especialistas del SEPRONA han localizado e investigado al sospechoso, al que se le han instruido diligencias como presunto autor de un delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, por maltrato animal.

El investigado, junto con las diligencias instruidas, ha sido puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de Totana.

MALTRATO ANIMAL

El Código Penal recoge en sus artículos 337 y 337 bis que será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial, de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a un animal doméstico o amansado, un animal de los que habitualmente están domesticados, un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o cualquier animal que no viva en estado salvaje.

CARABINAS DE AIRE COMPRIMIDO

Las carabinas accionadas por aire u otro gas comprimido pertenecen a la cuarta categoría conforme a lo estipulado en el Reglamento de Armas. Como todo arma deben estar documentadas con una tarjeta de armas que las acompañará siempre fuera del domicilio.

Estas autorizaciones se conceden en los ayuntamientos de los municipios donde residan los solicitantes, que deberán tener cumplidos los 14 años de edad, presentar el documento nacional de identidad y acreditar la conducta y antecedentes de los mismos. La validez quedará limitada a los respectivos términos municipales.

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