ACS aprueba un plan de incentivos a directivos hasta 2028 por un máximo de 315,5 millones de euros

El consejo de administración de ACS ha aprobado un plan de incentivos a largo plazo para los directivos de la compañía entre 2023 y 2028, al que se le ha asignado un máximo a lo largo de todo este periodo de 10 millones de acciones de 31,55 euros cada una, sumando así un total de 315,5 millones de euros.

El plan se basa en la concesión de derechos de cobro ligados a instrumento de capital, ya sean acciones de ACS (PILP-1) u opciones de compra de las acciones de la propia compañía (PILP-2), según ha informado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

ACS defiende que ambos planes se han diseñado con el objetivo de armonizar la motivación y fidelización de los directivos de ACS con los objetivos establecidos por el grupo.

En concreto, el PILP-1 se circunscribe a directivos de ACS y filiales del grupo que no cuentan con ningún plan adicional de incentivos a largo plazo en sus propios esquemas de remuneraciones, mientras que el PILP-2 se ofrece a ejecutivos de todo el grupo, incluidas las principales filiales donde tiene el control operativo, como complemento a los planes de incentivos a largo plazo individuales y vinculado a la evolución de la compañía, en su triple vertiente operativa, financiera y de sostenibilidad.

Los beneficiarios no podrán ejercitar los derechos en los siguientes tres años desde la fecha de la concesión, es decir desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2026.

En período de tiempo en el que las acciones pueden ser entregadas y las opciones pueden ser ejercitadas será de hasta dos años a contar desde la finalización del período de exclusión, es decir el 30 de junio de 2026.

En concreto, en el PILP-1 la entrega de acciones se realiza en dos plazos: la mitad el primer día laborable siguiente al de su ejercicio por el beneficiario y la otra mitad el primer día laborable siguiente al de su ejercicio por el beneficiario.

Respecto al PILP-2, las opciones serán ejercitables por mitades e iguales partes, acumulables a elección del beneficiario, durante el cuarto y quinto años siguientes al, inclusive, 1 de julio de 2023.

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