La Fiscalía Antidroga pide controlar el auge de nuevas sustancias psicoactivas en Madrid

La Sección Antidroga de la Fiscalía Provincial de Madrid ha solicitado que se adopten medidas para controlar la proliferación de nuevas sustancias psicotrópicas de diseño en Madrid y que se fijen criterios para determinar cuándo la posesión de determinados medicamentos excede del consumo propio como el caso de potenciadores sexuales.

La Memoria Anual de la Fiscalía de la Comunidad de Madrid correspondiente a 2022 alerta del auge en Madrid de la aparición de nuevas drogas de diseño, cuya fiscalización escapa de la Ley al no aparecer en la legislación. En otros países, se ha establecido una legislación análoga que invoca el principio de "similitud química" a una sustancia controlada.

Según la Fiscalía, estas sustancias no están controladas por las Convenciones Internacionales para el Control de Drogas, pero tienen efectos similares a los de las sustancias bajo control internacional tales como el cannabis, la cocaína, la heroína, LSD, MDMA (éxtasis) o la metanfetamina.

Según recoge la Fiscalía, en 2021 se detectaron por primera vez en España 25 nuevas sustancias psicoactivas. Pertenecían a los siguientes grupos: catinonas (8), cannabinoides (6), otros (3), fenetilaminas (2), piperazinas y derivados (2), arilalquilaminas (1), indolalquilaminas (triptaminas) (1), plantas y extractos (1) y benzodiacepinas (1).

LEGISLACIÓN ANÁLOGA

El Ministerio Público expone que en varios países, donde ha surgido rápidamente un gran número de diferentes sustancias de este tipo, han adoptado controles de grupos completos de ellas utilizando un así llamado enfoque genérico.

También se han introducido en estos países una legislación análoga que invoca el principio de "similitud química" a una sustancia controlada, para controlar las sustancias no mencionadas explícitamente en la legislación. "Este no es nuestro caso, donde la mayoría de estas sustancias siguen sin estar fiscalizadas", subraya.

"En dicha situación es frecuente encontrar sustancias tales como: la gamma-butirolactona (GBL) que es un compuesto análogo al ácido gamma-hidroxibutírico (GHB), que se metaboliza a GHB tras su ingesta, produciendo los mismos efectos tóxicos y grave daño a la salud", recoge la Memoria.

El ácido gamma-hidroxibutírico (GHB) se encuentra fiscalizado en la Lista II del Convenio de 1971. La 3-clorometcatinona (3-CMC) está relacionada estructuralmente con la 4-cloromectatinona (4-CMC o clefedrona), ésta última fiscalizada en la Lista II del Convenio de 1971, cabiendo esperar los mismos efectos tóxicos y grave daño a la salud.

Los nitritos de alquilo (amilo, propilo, isopropilo, butilo, isobutilo o similar) son sustancias que se presentan en forma líquida y se administran por inhalación. Producen efectos tóxicos: vasodilatación, relajación muscular (dilatador anal) y, además, son potentes agentes metahemoglobinizantes que pueden causar grave daño a la salud. Se conocen con el nombre vulgar de Poppers, Rush o Snappers.

También es frecuente, según la Fiscalía, encontrar junto a dichas sustancias, medicamentos autorizados como el sildenafilo (que trata la disfunción eréctil) --cuyo principio activo está sujeto a prescripción médica y cuyo uso indiscriminado puede producir grave daño a la salud--, o el "Rivotril" (clonazepam) que mezclado con el hachís produce el llamado karkubi, compuesto con un elevado poder psicotrópico.

Ante ello, la Fiscalía considera que en estos casos sería necesario que se fijasen criterios en orden a determinar cuándo la posesión de determinados medicamentos excede del consumo propio, y, por tanto, está predestinada al tráfico, o cuándo se puede apreciar una cantidad como notoria importancia.

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