El TJUE falla que una empresa ilegalmente excluida de una licitación puede reclamar una indemnización

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha sentenciado este jueves que una empresa que haya sido excluida ilegalmente de un proceso de licitación tiene derecho a reclamar una indemnización por oportunidad perdida.

El fallo declara que la normativa europea exige a los Estados miembro conceder una indemnización por daños y perjuicios a las personas perjudicadas por una infracción del Derecho de la Unión en materia de contratación pública, incluido el derivado de la pérdida de la oportunidad de participar en un procedimiento de contratación pública.

También recuerda que la legislación comunitaria se opone a una normativa o práctica nacional que impida indemnizar a un licitador excluido ilegalmente de un procedimiento de contratación pública por el perjuicio sufrido.

Así ha respondido el TJUE a una consulta del Tribunal Comarcal de Bratislava II (Eslovaquia) sobre si la directiva de los medios de recurso en materia de contratos públicos se opone a la normativa o a la práctica nacionales eslovacas que parecen descartar la posibilidad de que un licitador ilegalmente excluido de un procedimiento de contratación pública sea indemnizado por pérdida de oportunidad.

La consulta llegó a raíz de que la Asociación eslovaca de fútbol excluyese a un consorcio, del que formaba parte la empresa INGSTEEL, de un procedimiento de contratación pública relativo a obras de remodelación, modernización y construcción de dieciséis estadios de fútbol y que fue excluido por no cumplir los requisitos del anuncio de licitación relativos, en particular, a su capacidad económica y financiera.

No obstante, entretanto, el procedimiento de contratación pública de que se trata concluyó con la celebración de un acuerdo marco con el único licitador que quedaba en liza.

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