Vox se opone a que el juez del 'caso Begoña Gómez' concrete los hechos que investiga, como pide la Fiscalía

El partido político Vox se ha opuesto a los recursos que la Fiscalía y la defensa de Begoña Gómez presentaron pidiendo al juez que concretara los hechos por los que se investiga a la esposa del presidente del Gobierno. La formación de Santiago Abascal recuerda que el juez puede acordar las diligencias que considere necesarias "precisamente para establecer el marco de los hechos denunciados".

Así lo refleja el escrito de impugnación de Vox, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que responde a las alegaciones que solicitaban al magistrado Juan Carlos Peinado que concretara los hechos por los que se sigue investigando a Gómez después de que asumiera parte de la causa la Fiscalía Europea, y en las que se oponían a la testifical del rector de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), Joaquín Goyache.

Cabe recordar que la Fiscalía de Madrid pedía esa concreción de hechos para evitar "cualquier atisbo de indefensión o de configuración de una causa general". Pero para Vox, el hecho de que la Audiencia Provincial de Madrid acotara la investigación a los contratos adjudicados a una sociedad del empresario Juan Carlos Barrabés descartando encontrar indicios de delito en el resto de asuntos, no debe guiar la acción del instructor.

Se apoya en que en paralelo a esa resolución se practicaban nuevas diligencias e incluso entró una nueva querella, la presentada por Hazte Oír, que "ampliaba hechos y aportaba "evidencias" de nuevos delitos distintos a los de la primera denuncia de Manos Limpias.

En este sentido, para Vox el Ministerio Público hace una interpretación "un tanto parcial y excesiva" del auto de la Audiencia Provincial, y recuerda que el tribunal estima su recurso en lo referente al levantamiento del secreto. "Pero en ningún modo puede considerarse que limita la investigación cuando el juzgador ha acordado diligencias trascendentales para el esclarecimiento de los hechos como es la solicitud de los informes de la UCO y la documental solicitada para su contraste", añade.

Añade a esto que la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) indica que "la delimitación necesaria del proceso penal se produce mucho más avanzada la investigación y a través del auto de transformación" y, añade, "siempre después de la práctica de las diligencias que se han considerado necesarias, situación que incluso no hace falta que incluya una calificación precisa, pues ésta queda establecida en otro momento procesal oportuno y que corresponde a la apertura de juicio oral".

EL ESCRITO DE LA FISCALÍA

Cabe recordar que, en su escrito, el Ministerio Público aseguraba que "es claramente necesaria la determinación y precisión judicial, a efectos de garantizar la plenitud del derecho de defensa".

Así, sostenía que las últimas providencias del titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid "ponen de relieve la indeterminación y falta de claridad y concreción del objeto de la causa".

E incidía en que "más allá de referencias contenidas en las denuncias y querellas en las que pueda aparecer referenciada la Universidad Complutense de Madrid, no existe resolución judicial que recoja siquiera sea sucintamente o por referencia, qué hechos se investiga".

Por ello, solicitaba al juez que explicara por qué en la providencia del 17 de junio citaba a declarar como testigo al rector de dicha universidad y explicaba que la citación se realizaba "al margen de una mínima concreción fáctica y carente de todo enfoque jurídico".

© Europa Press